
El letrado se vio obligado a contratar un equipo de abogados expertos en delitos de estafas al enfrentarse a tres años de prisión por apropiación indebida.
No es la primera vez que el equipo jurídico encabezado por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina sale al rescate de otro compañero de profesión en apuros. En esta ocasión Ospina Abogados se movilizó hasta el tinerfeño Juzgado de La Orotava para representar a un prestigioso letrado en Derecho penal internacional para el que se solicitaban tres años de prisión por, presuntamente, estafar a un socio tras un negocio frustrado.
La pesadilla de Arturo (nombre ficticio) comenzó tras rechazar las insinuaciones sexuales de su ex socio con el que intentó implantar en España un negocio de producción y comercialización de cerveza artesana. Para iniciar este proyecto se reunieron en Madrid en enero del 2020, donde tras acordar los pormenores del proyecto cada socio adelantó 1.500 euros con el objetivo de que un especialista les asesorara en la elaboración de un plan de inversión, recayendo las tareas de ejecutar el trabajo sobre Arturo, ya que por su profesión tenía mejores cualidades para desempeñar el encargo.
La Covid y un ofrecimiento sexual que lo cambió todo
De forma sorpresiva llegaron con el mes de marzo las restricciones aparejadas a la crisis de la Covid-19, por lo que ambos socios decidieron dar por finalizado, de mutuo acuerdo, el proyecto a la espera de tiempos mejores para el sector hostelero. Pero esto no impidió que mantuvieran frecuentes contactos telefónicos durante el periodo de confinamiento, llegando el socio de Arturo a manifestarle sentirse atraído sexualmente hacia él, así como le ofreció mantener relaciones sexuales, una invitación que Arturo declino a pesar de la insistencia de su ex socio.
Esto punto fue un momento de inflexión en la relación de ambos emprendedores, ya que el socio rechazado cambio su actitud desde ese momento, reconvirtiendo el desistimiento acordado entre ambos en una denuncia por estafa contra Arturo, manifestando que una vez entregados los 1.500 euros su socio cerró las vías de comunicación con él, no pudiendo contactarle y negándole explicaciones del destino de su inversión inicial.
La estrategia de defensa
El acusado, quien mantenía su inocencia, contrato los servicios de Ospina Abogados para hacer frente a los cargos que pesaban sobre él, manteniéndose en que el fin de la inversión se produjo de mutuo acuerdo llegado el mes de marzo, y negando la apropiación de los 1.500 euros de su socio, los cuales aseguraba invirtió en el plan de negocios tal y como habían acordado.
Para demostrar esta versión la defensa, en la cual trabajaron tanto Juan Gonzalo Ospina como la abogada penalista Beatriz Uriarte, se desplazaron a las Islas Canarias para recabar las pruebas documentales que demostraran la inocencia de su cliente. Así presentaron ante el Juzgado los registros de llamadas de los cuales se podía desprender que no existió el silencio al que aducía el denunciante tras la entrega del dinero, e igualmente aportaron la factura elaborada por el experto consultado que atestiguaba que el dinero había sido utilizado para el fin acordado entre ambos socios.
Pero el dato más esclarecedor, y que daba sentido al elemento por el que subyacía la denuncia, era el rechazo sexual que Arturo manifestó a su ex socio, momento desde el cual cambio la actitud de este y se interpuso la denuncia por “un posible ánimo espurio del denunciante para vengarse por el rechazo sexual de nuestro representado” afirma la abogada penalista Beatriz Uriarte.
“El propio ejercicio de la profesión nos expone a ser víctimas de denuncias, ante ello debemos confiar en otros compañeros y facilitarles que puedan hacer su trabajo con todas las garantías. Para nuestro equipo es un tremendo orgullo que en estos momentos difíciles muchos compañeros pongan su futuro en las manos en nuestro despacho” manifestaba en redes sociales el socio-director de Ospina Abogados, Juan Gonzalo Ospina.
Archivo y sobreseimiento de la causa
Tras las pruebas aportadas por el equipo jurídico de la defensa, con fecha 13 de agosto de 2021, el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº3 de La Orotava entiende que de la prueba “practicada no se desprenden indicios delictivos ni los elementos del tipo, esto es, la existencia de engaños bastante y de ánimo de lucro, pues el investigado invirtió́ también cantidad”, por lo que se dictó auto de archivo y sobreseimiento de la causa.
Equipo ColumnaZero
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